Carriola. Redacción. 01.06.24
La Policía Local ya notificó a este conductor, que circulaba según las estimaciones policiales a 82 km/h las conclusiones del Atestado Policial. También entregó el informe en el juzgado de Marín para que el magistrado correspondiente tome la decisión sobre la investigación, (antes imputación), del supuesto responsable
julio@carriola.es
El ocho de diciembre de 2023 Marín se vestía de luto en una de sus noches más negras después de que un vehículo Wolkswagen Golf que circulaba por la PO-313 entre Marín y Moaña impactase contra otro, un Nissan Qashqai que estaba llegando al casco urbano de la villa en la curva de Coirados. El trágico resultado, como dimos cuenta en su día, fue de dos menores fallecidos de 16 y 17 años que circulaban en el primer vehículo, y tres heridos, -mujer acompañante del mismo- y otros dos del segundo coche, cuya parte delantera resultó totalmente destrozada. El conductor del Golf resultó ileso.
El accidente provocó en Marín una gran conmoción y alarma social. Siempre que fallecen dos personas de modo inesperado es así, pero más en este caso, porque como decimos los fallecidos eran menores y muy conocidos en nuestro pueblo.

La Policía Local tomó las primeras mediciones en la misma noche del accidente
La Policía local, responsable de la investigación de este accidente porque el control de la circulación en este tramo de la PO313 está asignado a los agentes municipales, ha concluido en las últimas semanas, según pudo saber Carriola, un minucioso atestado policial de unas 50 páginas en la que se analizan todos las circunstancias y pormenores del suceso: estudios cinemométricos, simulación del accidente con otros vehículos de similares características a los implicados y con drones desde el aire, y análisis pormenorizado de cada una de las partes de los coches que pudieran tener alguna relevancia, por pequeña que fuera, en la colisión fatal.
El drift supuestamente intencionado por parte del conductor, que era novel, podría ser la causa principal del accidente, sumado al exceso de velocidad
La Policía atribuye, después de analizar todos estos datos en una investigación muy compleja, dos delitos de homicidio imprudente, conducción temeraria con resultado de lesiones personales en otras tres personas después de constatarse que el conductor del Wolkswagen circulaba haciendo 'drift', -se supone de manera intencionada-, y exceso de velocidad al circular con el coche a una velocidad estimada de 82 u 84 kilómetros por hora en un lugar donde se permite ir como máximo a 50.
El drift o drifting consiste en utilizar el sobreviraje derrapando con las ruedas traseras, a menudo 'clavando' el freno de mano, para que el vehículo se desplace lateralmente en las curvas. Esto tiene que ocurrir a alta velocidad y mientras el conductor debe mantener el control total del coche, algo que lamentablemente no pasó en la noche del 9 de Diciembre de 2023, pues el conductor terminó invadiendo el carril contrario e impactando lateralmente con el Nissan Qashqai que bajaba hacia Marín con consecuencias mortales en dos de sus propios ocupantes, que viajaban en la parte posterior del coche, según los investigadores con los cinturones de seguridad convenientemente abrochados. Sobra decir que el drift es una práctica totalmente prohibida por el código de circulación español, y que está técnica de conducción se utiliza solamente en rallies y carreras por parte de pilotos profesionales.

Una cámara de vigilancia captó la secuencia completa del accidente
Los agentes apoyan su versión, además de los datos recabados, en la grabación de una cámara de vigilancia cercana al lugar de los hechos que grabó la secuencia completa del accidente. En las imágenes, aportadas como prueba ante el juzgado, se puede observar el trazado y recorrido de los coches antes del impacto.
El juzgado, que ya recibió el atestado, tiene que decidir sobre las investigaciones
Fuentes judiciales confirman a Carriola que el atestado está ya en sede judicial. También que, aunque la Policía Local estime atribuir estos supuestos delitos al conductor que considera responsable, no quiere decir que el joven acabe investigado por ellos; es potestad del juez, en base a los datos recabados, tomar esta decisión, y de fiscalía establecer la solicitud de penas en caso de que la decisión fuera afirmativa, siendo únicamente labor de los agentes municipales haber recabado las pruebas y ponerlas a disposición del magistrado que tomará las decisión final sobre las responsabilidades del caso.